Ya rige la regulación de cautelares en causas contra el Estado Nacional

Reforma Judicial

La ley sancionada la semana pasada comenzó a regir hoy con su publicación en el Boletín Oficial.
A través del decreto 456/2013, el Ejecutivo promulgó la norma aprobada el jueves a la mañana por el Congreso, tras una tensa y maratónica sesión en la que también fue sancionada la creación de tres nuevas Cámaras de Casación y aprobada con modificaciones la reforma al Consejo de la Magistratura, que hoy analizará el Senado a nivel de comisión.

De esta forma, la primera de las seis iniciativas en ponerse en  marcha del denominado paquete de reforma judicial enviado al Parlamento por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner es la que regula la aplicación de las medidas cautelares en causas contra el Estado o sus entes descentralizados.

Así ocurrió con la publicación hoy de la promulgación de esta norma en el Boletín Oficial, con las firmas de los presidentes del Senado, Amado Boudou, y de la Cámara de Diputados, Julián Domínguez, como así también de los secretarios Juan Estrada y Gervasio Bozzano.

El jueves pasado, tras casi 20 horas de debate, tensión y permanentes contrapuntos entre el oficialismo y la oposición, la Cámara de Diputados logró aprobar con modificaciones la reforma al Consejo de la Magistratura, que ya contaba con media sanción del Senado, que ahora deberá pronunciarse sobre esos cambios.

En tanto, en las últimas dos horas de la sesión y con la ausencia de gran parte de los legisladores de la oposición, el oficialismo junto a sus aliados logró convertir en ley con 126 votos a favor otros dos proyectos del paquete de reforma judicial: el de las cautelares y el que crea las Cámaras de Casación (que aún no fue promulgado).

La flamante ley puesta en vigencia hoy fija un mecanismo tendiente a que, en las causas que involucran al Estado, las medidas cautelares tengan un plazo determinado, aunque exceptúa las situaciones que afecten la vida, la salud, el medio ambiente o a los sectores vulnerables.

Justamente, la incorporación de los sectores vulnerables fue una de las modificaciones incorporadas al proyecto enviado por el Poder Ejecutivo en el marco de la discusión en el Senado, a instancias de observaciones realizadas por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y otras organizaciones de la sociedad civil. 

RECHAZARON EL AMPARO PREVENTIVO CONTRA LA LEY QUE REFORMO CAUTELARES Y LA QUE CREO CAMARAS DE CASACION   

La jueza Cecilia Gilardi Madariaga de Negre rechazó "in límine" (sin tratamiento) el "amparo preventivo" presentado por el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez contra la ley que modificó el régimen de medidas cautelares y contra la que creó tres nuevos tribunales de Casación.

El fallo, fechado en la víspera pero reportado esta mañana, explica que cuando fue presentada la acción judicial todavía no habían sido publicadas las normas en el Boletín Oficial, lo que -en el caso de las cautelares- ocurrió en la edición de hoy.

"De la compulsa de la página web del Boletín Oficial de la República Argentina no surge que las normas cuestionadas hayan sido publicadas hasta el día de la fecha. Ello, me impide constatar que hayan sido promulgadas las leyes sancionadas por el Congreso de la Nación que aquí se cuestionan, en su totalidad o parcialmente", explicó la jueza en su resolución, de tres páginas. 

La magistrada advirtió que la Constitución faculta al presidente de la Nación a "emplear tres tipos de veto", por lo cual deben cumplirse los pasos de la promulgación de por decreto del Poder Ejecutivo y la publicación en el Boletín Oficial, "sin cuyo recaudo no es obligatoria".

"La falta de publicación impide la lectura de las normas y, en consecuencia, la constatación del perjuicio que alega el accionante (Gil Domínguez), así como poder efectuar el necesario control de constitucionalidad objeto de esta acción", explica el fallo.

El rechazo "in límine la acción de amparo preventivo colectivo Interpuesta" eximió a la jueza de tratar todos los argumentos postulados por Gil Domínguez para cuestionar la constitucionalidad parcial de ambas leyes.

No obstante, el fallo deja abierta la posibilidad de que, una vez publicadas en el Boletín Oficial, el abogado constitucionalista insista con sus planteos. 




Fuente: Télam/DyN D. Chaco

Comentarios

  1. TENGAMOS FE
    DIOS ES NUESTRO AMPARO (CONTRA EL NADIE TIENE PODER)
    COMENCEMOS A REUNIRNOS A REZAR CONTRA ESTOS GOBERNANTES QUE HICIERON PACTOS DEMONÍACOS EN CONTRA DEL PUEBLO Y VEREMOS LO QUE SON LOS MILAGROS.
    No lo digo con ánimo de ofender a nadie. Es lo que realmente pienso.
    Ojo que cuando digo gobernantes generalizo: todos los de aquí y del mundo (de cualquier partido político)

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  2. SÍ. LA ORACIÓN ES EL PODER DEL PUEBLO,hagamos un PADRE NUESTRO CADA HORA ENTREGANDO LOS GOBERNANTES y las elecciones que vienen.

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