Docentes: no hay consenso para aprobar el retiro voluntario

En el ámbito de la comisión de Educación, la Alianza y Acosta definieron proponer la aprobación del proyecto, mientras que el justicialismo va por la permanencia en cartera.
Los distintos bloques legislativos no llagaron aún a un acuerdo para aprobar la ley de retiro voluntario para docentes, un proyecto que cuenta con el apoyo del Ministerio de Educación, algunos gremios y una importante cantidad de trabajadores de la educación, y podría no ser aprobado en la sesión de este miércoles, como estaba previsto.
En la reunión de la comisión de Educación de la Legislatura, presidida por la justicialista Wilma Molina, los diputados volvieron a analizar el proyecto presentado por los legisladores aliancistas Luis Verdún, Elba Altarmiranda y Avelino Milar, y hubo posturas divididas al respecto.
Así, mientras desde el bloque de la Alianza, los diputados Verdún, Altarmiranda y Milar, y del bloque Concertación Forja, Raúl Acosta, aconsejarán al Cuerpo su aprobación, en tanto, desde el justicialismo mocionarían que la propuesta quede en cartera.
También se ratificaron despachos que fueron divididos en el proyecto de ley 4176/12 que modifica el Estatuto del Docente en materia de licencia por nacimiento de hijos y adopción, iniciativa ésta que fue acompañada aconsejando su aprobación por los diputados Milar, Verdún, Trabalón y Acosta, que fundamentaron que con esta modificación “se estaría igualando derechos tanto para agentes-cónyuges o convivientes de la Administración Publica Provincial y docentes, en los casos de nacimientos de hijos o adopción”.
Así lo explican en los fundamentos del proyecto de ley – firmado por los legisladores Verdun, Altamiranda, Acosta Martínez y Domínguez - tiene por objeto modificar los incisos "a" y "b" del artículo 323, "a" y "g" del artículo 337 y "a" y "f" del artículo 346, de la ley 3529- Estatuto del Docente, (T.O. Ley 5125) correspondiente a permisos para cónyuges o convivientes del personal docente titular, interino y suplente estableciendo para ello un total de 15 días hábiles para el caso de nacimiento a término, 20 días hábiles en el caso de parto prematuro o múltiple y en caso de niño/a discapacitado y/o con alguna enfermedad que requiera tratamiento prolongado, el permiso será de 30 días;. Así mismo se deroga el inciso b) del art 2 de la ley 6888 y sus modificatorias del correspondiente a permiso para el cónyuge guardador, tanto para el titular como para interinos y suplentes, estableciendo para ello un total de 15 días hábiles y si el adoptado padece alguna enfermedad que requiera tratamiento prolongado, el permiso será por 30 días.


Fuente:  Datachaco

Comentarios

  1. otro mentira mas de esta gestión de gobierno que hace como que está de acuerdo para intentar quedar bien y después hacen lo que manda el titiritero...-tengan un poco de dignidad x favor diputados oficialistas...o sino cierren la boca y esperen callados el próximo pedazo que les dará de comer Capitanich... representantes del pueblo je'i chupee...

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