INSSSEP: ya no será necesario autorizar órdenes para anteojos y lentes


A partir del martes

El InSSSeP dispuso que a partir del martes 1 de Abril desde las 8 de la mañana, se inicie la Fase XII del servicio de conectividad en línea. A partir de esta fase se incorpora una nueva opción a las que ya se venían utilizando denominada: “Registro de Prestaciones Ópticas”, en Resistencia y Barranqueras, en el cual el afiliado no tendrá la necesidad de concurrir a las oficinas del organismo para autorizar previamente las prescripciones.
El InSSSeP se encuentra implementando una nueva Fase del Sistema de Conectividad, para Resistencia y Barranqueras, con el objetivo de brindarle al afiliado un servicio que facilite y agilice sus trámites, evitando su asistencia innecesaria a las oficinas del InSSSeP.

A partir del 1º de abril no será necesario concurrir a las oficinas del organismo para autorizar previamente las prescripciones de anteojos y lentes de contacto que el prestador oftalmólogo le solicite. Con la prescripción y carnet de afiliado, se deberá concurrir directamente a la óptica de su confianza y el óptico tendrá que gestionar la autorización de las prestaciones de forma online. Solamente si alguna prestación no ha sido autorizada corresponderá tramitar su validación en la Auditoría Óptica del InSSSeP.

Al comenzar esta fase de conectividad los afiliados de la obra social se presentarán directamente a las ópticas con el carnet de afiliación y la prescripción médica oftalmológica, en ese momento las ópticas deberán realizar el “registro de prestaciones ópticas”, solicitando la autorización al InSSSeP sin necesidad de realizar trámite de autorización previa.

Una vez que el prestador óptico realice el trámite de manera online, si el sistema diera como respuesta “autorizado”, el afiliado convalidará las prestaciones por medio de su firma en un comprobante que emitirá la óptica. En el caso de que la respuesta fuera “requiere auditoría” el afiliado deberá concurrir a auditoria oftalmológica en InSSSeP; se auditará la solicitud y se le entregará una orden con las prácticas que le sean autorizadas. Posteriormente el prestador óptico solamente deberá realizar el “consumo de prestaciones auditadas”, ingresando la boca y número de orden que la auditoría InSSSeP ha emitido.

Para el caso de los afiliados de convenio las solicitudes y órdenes “no deben tener transacciones por sistema de conectividad”, el circuito de las ordenes de estos afiliados no sufren modificaciones y se deberán seguir aceptando de manera habitual hasta que el Organismo informe un cambio.

Las ópticas acceden al sistema tal cual lo hacen por la dirección http://online.insssep.gov.ar, se identificarán con su usuario y contraseña. Ante cualquier imposibilidad técnica de realizar el registro de prestaciones requeridas o el consumo de órdenes autorizas, deberán comunicarse con la Mesa de Atención al Prestador (MAP) (0800-222-3062). Para el caso de nuestros afiliados que quieran realizar consultas esta disponible la “Mesa de atención a Beneficiarios” (MAB) 0800-444-0802. 
 
 
Fuente: D. Chaco

Comentarios

  1. ¡¡¡¡¡Qué vergüenza, con todo lo que nos descuenta el INSSSEP. Tendríamos que tener SERVICIOS DE SALUD, como en los países del 1er mundo!!!!!!! Es una estafa a los trabajadores, un robo. TODOS Y TODAS las docentes , policías y otros: APORTAMOS A LA OBRA SOCIAL (Cód460) 22 años de antig. Jorn. S. $313,72 multipliquen por más o menos 33.589 docente más 5.678 policías, más f. a. Complej. $63,70, más Fdo. Salud Pública. $47,06, sin contar los de jorn. Compl. Que aportan el doble y los que cobran más por zonas desf. Así que díganme si no teníamos que tener de lujo los servicios de salud, sin andar mendigando unos anteojos de mier… horrendos.

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  2. TOTALMENTE DE ACUERDO.....

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