El Gobierno informó los criterios de elegibilidad para que los usuarios puedan recibir el servicio a un menor precio.
Fuente: Primera Línea
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Poco a poco, el gobierno nacional empieza a develar cómo
funcionará el nuevo régimen de energía eléctrica para los usuarios domiciliarios.
Mientras este miércoles dispuso un aumento en el monto que cobran las empresas
generadoras, este jueves avanzó un paso más y autorizó a las empresas Edenor y
Edesur a subir sus tarifas.
La suba –cuyas cifras finales aún no fueron informadas–
estará acompañada por la creación de una nueva tarifa social para aminorar el
impacto de los aumentos en los sectores de menores ingresos. Por el momento, el
Gobierno tampoco dijo de cuánto será esa tarifa social.
Requisitos para recibir la nueva tarifa social
Según se publicó este jueves en la Resolución 7/2016
difundida por el Boletín Oficial, aquellos usuarios que deseen acceder al
beneficio deberán cumplir con alguno de los siguientes requisitos:
1) Ser jubilado o pensionado por un monto equivalente a dos
veces el haber mínimo nacional
2) Personas con empleo en relación de dependencia, que
perciben una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vital y
Móvil (SMVyM). Hoy el SMVyM se encuentra en $6.060, por lo que la cifra que se
tomará como referencia será $12.120
3) Ser titular de programas sociales
4) Estar inscripto en el Régimen de Monotributo Social
5) Estar incorporado en el Régimen Especial de Seguridad
Social para empleados del Servicio Doméstico (artículo 21 de la Ley N° 25.239)
6) Estar percibiendo el seguro de desempleo
7) Contar con certificado de discapacidad
Motivos de exclusión
de la tarifa social
Pero aun cumpliendo alguno de los requisitos arriba
nombrados, los usuarios pueden quedar automáticamente descartados del sistema
si se encuentra en una o más de las siguientes situaciones:
1) Cruce por padrón de fallecidos
2) Registro de propiedad Inmueble —quedará excluido cuando
sea titular de más de un inmueble
3) Padrón de Automotores —quedarán excluidos aquellos cuyos
modelos tengan hasta 15 años de antigüedad
4) Embarcaciones de lujo —quedarán excluidos quienes posean
aeronaves o embarcaciones de lujo
Fuente: Primera Línea
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