Diputados aprobó endurecer penas por tenencia y portación de armas y Ley de prohibición de carreras de galgos

La primera iniciativa contó con 142 votos a favor y 50 en contra, y pasó al Senado. Endurece las penas para la portación, tenencia, acopio, entrega y tráfico ilegal de armas para que no sean excarcelables. La otra normativa fue aprobada con 132 votos afirmativos, 17 negativos y 23 abstenciones. Se trata de una norma que prohíbe "en todo el territorio nacional la realización de carreras de perros, cualquiera sea su raza".

PENAS POR TENENCIA Y PORTACIÓN DE ARMAS

La Cámara de Diputados aprobó por 142 contra 50 votos y giró en revisión al Senado el proyecto que endurece las penas para el porte, tenencia, acopio, entrega y tráfico ilegal de armas para que no sean excarcelables, como parte de un paquete de iniciativas que apunta a combatir la inseguridad. El debate fue abierto por la presidente de la comisión de Legislación Penal, Gabriela Burgos, quien destacó la necesidad de actualizar el Código Penal ante las nuevas modalidades de delito y explicó las penas que se aplicarán por tenencia y porte de armas de fuego.

La diputada massista Mónica Litza destacó la importancia del proyecto para combatir la inseguridad y señaló que "lo que hay es una decisión política que el delincuente que tome el arma vaya preso y que no salga por la puerta giratoria". El proyecto modifica el artículo 189 bis del Código Penal de la Nación para establecer penas de seis meses hasta cuatro años -es decir, no excarcelable- la tenencia ilegal de armas, y la pena se elevará a ocho años de prisión cuando el arma hubiese sido alterada. Además se aplicará de un año a seis de prisión a quien entregue, en cualquier circunstancia, un arma a quien no es su legítimo usuario, y esa pena se elevará hasta 10 años si el arma se entrega a un menor de 18 años.

Por otro lado, el proyecto agrava las penas para la venta ilegal de armas, ya que establece prisión de 4 a 15 años a los autores de este delito, y establece que en el caso de acopio sanciones de 4 a 12 años de prisión.


PROHIBICIÓN DE CARRERA DE GALGOS

La Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto que establece la prohibición de las carreras de galgos en todo el país, en medio de un clima caldeado por los enfrentamientos que protagonizaron más temprano grupos proteccionistas de animales y grupos de galgueros en las inmediaciones del Congreso.

Con 132 votos afirmativos, 17 negativos y 23 abstenciones, la Cámara de Diputados consagró la norma (cuya autora es la senadora Magdalena Odarda) que en su artículo primero prohíbe "en todo el territorio nacional la realización de carreras de perros, cualquiera sea su raza". La iniciativa sanciona con prisión de entre uno y cuatro años y al pago de multas de hasta 80 mil pesos a quien "organice, participe o promueva" esas competencias.

El proyecto ya había recibido media sanción en el Senado, con 42 votos a favor y 15 abstenciones, y desde primera hora de esta maratónica sesión se sabía que tenía el número necesario de voluntades a favor para convertirse en ley luego de la votación.


Fuente: D. Chaco

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