La siguiente norma, entre sus considerandos, expresa: “Que los docentes comprendidos en estas situaciones deben dar cumplimiento a lo normado en el artículo 329 del Estatuto del Docente…”, “presentando a su superior jerárquico documentación probatoria extendida por autoridad competente, justificando el motivo del incumplimiento de sus tareas”. En el caso de los alumnos no se les computa la inasistencia.
La siguiente norma, entre sus considerandos, expresa: “Que los docentes comprendidos en estas situaciones deben dar cumplimiento a lo normado en el artículo 329 del Estatuto del Docente…”, “presentando a su superior jerárquico documentación probatoria extendida por autoridad competente, justificando el motivo del incumplimiento de sus tareas”. En el caso de los alumnos no se les computa la inasistencia.
Comentarios
No tienen ventana que tiene que ver la Policía si todo el mundo ve que llueve .igual hay que salir entnces de la casa pregilesss
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