La Procuraduría Fiscal de la Corte Suprema dictaminó "inconstitucional sustituir a docentes de paro por personal suplente"

Sobre la Resolución 506


Tras el recurso extraordinario interpuesto por la Federación de Sindicatos de Trabajadores de la Educación del Chaco (FEDERACIÓN SITECH), desde este gremio explicaron que el procurador fiscal ante la Corte Suprema de Justicia, Víctor Abramovich, consideró que “es inconstitucional la medida adoptada por el Ministerio de Educación provincial de sustituir docentes adheridos a medidas de fuerza por personal suplente”.

Mediante un comunicado, Federación SITECH explicó los pormenores de esta definición: “Abramovich opinó que es inconstitucional una resolución del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la provincia del Chaco que permite sustituir a docentes adheridos a medidas de fuerza por personal suplente. Sostuvo que dicha resolución restringe ilegítimamente el derecho de huelga previsto en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y en tratados internacionales, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Convenio 87 sobre la Libertad Sindical y protección del Derecho de Sindicación de la Organización Internacional del Trabajo, cuya jerarquía constitucional fue reconocida por la Corte Suprema.

Se trata de la famosa y celebre Resolución 506, que fuera implementada por el ex secretario general de UTRE devenido en Ministro de Educación Sergio Daniel Soto, y avalada por el actual titular de la cartera ministerial Daniel Oscar Farías, la que gozó de una protección político judicial pocas veces vista en la provincia.

El Superior Tribunal de Justicia del Chaco en su oportunidad intentó por todos los medios justificar el accionar del Ministerio de Educación, pese a que no podía desconocer que la medida de reemplazar a trabajadores en huelga claramente anula el ejercicio de tal derecho.

La Federación jamás negó que el derecho a la educación sea de suma importancia, siendo obligación del Estado garantizarlo y protegerlo, pero no vulnerando otro derecho constitucional como el de huelga.

Se intentó contraponer ambos derechos de manera irracional, anulando uno para supuestamente proteger otro, lo que es inconstitucional como lo acaba de señalar el Dictamen de la Procuración de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Queda claro que los Gobierno intentan justificar su inacción, falta de compromiso e idoneidad para la resolución de los conflictos colectivos, intentando arbitrariamente cercenar el derecho de huelga y desarticular por todos los medios el accionar sindical, como ocurre con la Federación que es objeto de ataques permanentes de las actuales y anteriores autoridades, como por ejemplo la falta de pago de los aportes sindicales para desfinanciarla.

Recordamos que en el año 2013, cuando se implementó la Resolución 506, la Federación era el único gremio docente que respondiendo al mandato de las bases se mantuvo en conflicto ante la situación de ajuste reinante, y luchando en soledad para conseguir la declaración de inconstitucionalidad de tan arbitraria medida”, concluye el mismo.


Fuente: D. Chaco

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